PRESENTACIÓN
Residencia El Jardín de L’ Empordà es un centro colaborador, situado en la localidad de Vilamalla, en la provincia de Girona.
Nuestros servicios ofrecen un total de 25 plazas residenciales: 19 plazas colaboradoras, 6 plazas privadas y 5 plazas de centro de día privadas. Nuestros servicios están dirigidos a dar respuesta a las necesidades de nuestros usuarios y familias.
El equipo humano que forma parte ofrece un servicio asistencial con el máximo compromiso, eficacia y calidad.
IDENTIFICACIÓN
Nombre del servicio: Residencia El Jardín del Empordà
NIF: B55251193
Responsable: SR. Valentín Baraibar Fentanes: gerente direccio@residenciaeljardi.com
Dª. Anna del Val Davesa: directora directora@residenciaeljardi.com
Ubicación: Calle Santa Llúcia n. 4 Vilamalla CP. 17469 (Gironès)
Contacto: Teléfono: 972 526042
Horario: Permanente
Los servicios que puedes encontrar en la residencia y el centro de día son:
Servicio médico y enfermería: Encargadas de velar por la salud del usuario y de su familia
Psicóloga: Mediante la estimulación cognitiva y ejercicios psicosociales velarán por mantener y mejorar el estado psicológico de nuestros usuarios.
Fisioterapia: Encargada de velar por el estado físico de los usuarios del centro, mediante ejercicios de terapia individual y grupal.
Trabajadora social: Encargadas de asesorar al usuario ya su familia para la tramitación de ayudas sociales.
Educadora Social: Fomentará el tiempo de ocio, así como las relaciones interpersonales con el resto de usuarios realizando actividades de animación sociocultural.
Cocina propia: nuestros menús creados por la RHS y supervisados por una nutricionista, han sido creados para tener una alimentación variada y equilibrada, así como adaptados a las necesidades de cada individuo.
Otros servicios:
Peluquería
Podología
Servicio religioso
Lavandería propia
Biblioteca, prensa diaria y revistas
Videovigilancia
Acceso a internet para usuarios y familiares
MISIÓN Y COMPROMISO
Nuestro compromiso es ofrecer una atención integral a la persona para ayudarle a mejorar en su calidad de vida así como también la de su familia a través de una prestación de servicios personalizados y adaptado a las necesidades de nuestros usuarios fomentando el máximo posible su autonomía personal trabajando con el modelo de Atención Centro en la Persona (ACP).
Compromisos que caracterizan nuestro servicio:
- Elaboración de un Plan de Atención Individualizado en el que se marcan objetivos desde el momento del ingreso y una vez al año o siempre que se necesite con todo el equipo multidisciplinar
.
- Conseguir una mayor participación tanto de los usuarios como de sus familias en el PIAI (Plan de Atención Individualizado).
- Potenciar el conocimiento que tienen las familias de las actividades del centro, los menús, el resultado de las inspecciones a través de las RR. SS., comunicados y comunicación directa con los profesionales del centro.
- Fomentar la participación social con las entidades del pueblo, asociaciones cercanas al territorio para realizar entorno y red social.
- Búsqueda de caídas y valoración de medidas correctoras mediante registro.
- Realización de menús basados en cocina propia supervisados por un nutricionista, incluyendo el menú basal, diabético, hiposódico y texturizado.
- Adaptación de la dieta según necesidades.
- Programar acciones formativas continuadas anuales para todas las categorías profesionales.
¿Cómo se miden los compromisos?
- Encuesta satisfacción a los residentes y sus familiares.
Niveles de satisfacción desde 1 muy mal a 5 muy satisfactorio.
- Encuesta de satisfacción laboral a nuestros trabajadores.
Niveles de satisfacción desde 1 muy mal a 5 muy satisfactorio.
¿CÓMO GESTIONAMOS LAS QUEJAS Y SUGERENCIAS?
Tanto las personas usuarias como sus familias tienen a disposición el buzón para comunicar quejas y sugerencias a través del formulario de quejas y sugerencias.
Dentro del horario establecido, colgado en el panel del centro, tendrán a su disposición a la dirección del centro para hablar de cualquier asunto.
También existen los canales de comunicación establecidos por Derechos Sociales a través de instancias genéricas.
Finalmente, con un escrito dirigido a la dirección de la residencia en el correo electrónico: directora@residencielejardi.com.
NORMATIVA APLICABLE
Normativa
- Estatut d’autonomia de Catalunya, 2006.DOGC núm. 4680, de 20 de juliol de 2006.
- BOE núm. 172, de 20 de juliol de 2006.
- Llei 12/2007, d’11 d’octubre, de serveis socials de Catalunya. DOGC núm. 4990, de 18 d’octubre de 2007. BOE núm. 266, de 6 de novembre de 2007.
- Llei 13/2006, de 27 de juliol, de prestacions socials de caràcter econòDOGC núm. 4691, de 4 d’agost de 2006. BOE núm. 201, de 23 d’agost de 2006.
- Llei 18/2003, de 4 de juliol, de suport a les famílies. DOGC núm. 3926, de 16 de juliol de 2003. BOE núm. 189, de 8 d’agost de 2003.
- Llei 11/2001, de 13 de juliol, d’acolliment familiar per a persones grans. DOGC núm. 3437, de 24 de juliol de 2001. BOE núm. 206, de 28 d’agost 2001.
- Llei 22/2000, de 29 de desembre, d’acolliment per a persones grans. DOGC núm. 3304, de 12 de gener de 2001.
- Decret 205/2015, de 15 de setembre, del règim d’autorització administrativa ide comunicació prèvia dels serveis socials i del Registre d’entitats, serveis i establiments socials. DOGC núm. 6958 de 17 de setembre de 2015.
- Decret 31/2014, d’11 de març, del Consell de la Gent Gran de CataluDOGC núm. 6581, de 13 de març de 2014.
- Decret 182/2003, de 22 de juliol, de regulació dels serveis d’acolliment diürn decentres de dia per a gent gran. DOGC núm. 3940, de 5 d’agost 2003.
- Resolució BEF/3622/2003, de 4 de novembre, per la qual es dona publicitat al’Acord del Govern de 8 d’octubre de 2003, pel qual s’estableix la Carta de drets i deures de la Gent Gran de Catalunya. DOGC núm. 4021, d’1 de desembre de 2003.
- Ordre BSF/130/2014, de 22 d’abril, per la qual s’estableixen els criteris per de-terminar la capacitat econòmica de les persones beneficiàries de les prestacions de servei no gratuïtes i de les prestacions econòmiques destinades a l’atenció a la situació de dependència que estableix la Cartera de Serveis Socials, i la participació en el finançament de les prestacions de servei no gratuï DOGC 29 d’abril de 2014, núm. 6612.
- Ordre BSF/35/2014, de 20 de febrer, per la qual s’actualitzen els criteris funcionals dels serveis de centres residencials per a gent gran de la Cartera de Serveis Socials. DOGC 26 de febrer de 2014, núm. 6570.
Protocol marc i orientacions d’actuacions contra els maltractaments a la gent gran.
Legislación estatal
- Constitución Española, 1978 . BOE núm. 311, de 29 de desembre de Article 50.
- Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. BOE núm. 65, de 16 de març de 2013.
- Llei 4/2005, de 22 d’abril, sobre els efectes en les pensions no contributivesdels complements atorgats per les comunitats autònomes . BOE núm. 97, de 23 d’abril de 2005.
- Llei 39/2006, de 14 de desembre, de promoció de l’autonomia personal i atenció a les persones en situació de dependència. BOE núm. 299, de 15 de desembre de 2006.
Derechos y deberes de los usuarios de los servicios
Derechos específicos de los usuarios de servicios residenciales y diurnos
Los usuarios de servicios residenciales y diurnos, además de los derechos que reconocen los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 12/2007, tienen derecho a:
- Ejercer la libertad individual para ingresar y permanecer en el establecimiento y salir del mismo, sin perjuicio de lo que establece la legislación vigente respecto a los menores de edad, las personas incapacitadas y las personas sometidas a medidas judiciales de internamiento.
- Conocer el Reglamento interno del servicio, así como los derechos y deberes, que deben explicarse de manera comprensible y accesible, especialmente cuando afectan a personas mayores, niños y adolescentes.
- Recibir una atención personalizada de acuerdo a sus necesidades específicas.
Acceder a la atención social, sanitaria, farmacéutica, psicológica, educativa y cultural y, en general, a la atención de todas las necesidades personales, para conseguir un adecuado desarrollo personal, en condiciones de igualdad respecto a la atención que reciben a los demás ciudadanos.
- Comunicar y recibir libremente información por cualquier medio de difusión de forma accesible.
- Mantener el secreto de las comunicaciones, salvo que se dicte resolución judicial que lo suspenda.
- Preservar la intimidad y la privacidad en las acciones de la vida cotidiana, derecho que debe ser recogido por los protocolos de actuación y de intervención del personal del servicio.
- Participar en la toma de decisiones del centro que les afecten individual o colectivamente mediante lo que establece la normativa y el Reglamento de régimen interno, y asociarse para favorecer la participación.
- Acceder a un sistema interno de recepción, seguimiento y resolución de sugerencias y quejas.
- Tener objetos personales significativos para personalizar el entorno en el que viven, siempre que respeten los derechos de las demás personas.
- Ejercer libremente los derechos políticos, respetando el normal funcionamiento del establecimiento y la libertad de las demás personas.
- Ejercer la práctica religiosa, respetando el normal funcionamiento del establecimiento y la libertad de las demás personas.
- Obtener facilidades para realizar la declaración de voluntades anticipadas, de acuerdo con la legislación vigente.
- Recibir de forma continuada la prestación de los servicios y las prestaciones económicas y tecnológicas en las condiciones que se establezcan por Reglamento.
- Conocer el coste de los servicios que reciben y, en su caso, conocer la contraprestación del usuario o usuaria.
Deberes específicos de los usuarios de servicios residenciales y diurnos
Las personas que acceden a los servicios sociales o, si es el caso, los familiares o representantes legales, tienen los deberes siguientes:
- Facilitar los datos personales, de convivencia y familiares veraces y presentar los documentos fidedignos que sean imprescindibles para valorar y atender su situación.
- Cumplir los acuerdos relacionados con la prestación concedida y seguir el plan de atención social individual, familiar y de convivencia y las orientaciones del personal profesional, comprometiéndose a participar activamente en el proceso.
- Comunicar los cambios que se produzcan en su situación personal y familiar que puedan afectar a las prestaciones solicitadas o recibidas.
- Destinar la prestación a la finalidad para la que se ha concedido.
- Devolver el dinero recibido indebidamente.
- Comparecer ante la Administración, a requerimiento del órgano que haya otorgado una prestación.
- Observar una conducta basada en el respeto mutuo, la tolerancia y la colaboración para facilitar la convivencia en el establecimiento y la resolución de los problemas.
- Respetar la dignidad y los derechos del personal de los servicios como personas y trabajadores.
- Atender las indicaciones del personal y comparecer en las entrevistas a las que sean convocados, siempre que no atenten contra la dignidad y la libertad de las personas.
- Utilizar con responsabilidad las instalaciones del centro y cuidarlas.
Cumplir las normas y procedimientos para el uso y disfrute de las prestaciones.
- Contribuir a la financiación del coste del centro o servicio si así lo establece la normativa de aplicación.
- Cumplir con los demás deberes que establezca la normativa reguladora de los centros y servicios sociales de Cataluña.
COMUNICACIÓN CON LA ENTIDAD
Tanto usuarios, como familiares como personas externas a nuestro servicio se pueden poner en contacto con nosotros a través del e-mail:
– Anna del Val Davesa (directora) directora@residenciaeljardi.com
– Elisenda Sala Batllori ( treballadora social) ts@reidenciaeljardi.com
También en el teléfono de la residencia: 972 526042 de lunes a viernes de 09h–18h